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Nuevas fórmulas jurídicas para fomentar la actividad empresarial

16 julio, 2013
in Tendencias
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Home Tendencias
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Joan Galles EADA
Joan Galles Artigas

 Joan Gallés es director del Master en Asesoría Fiscal y Tributaria de EADA y profesor del departament de finanzas y control de gestión.

El proyecto de “Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización” en su exposición de motivos indica que dada la grave situación económica del país que está afectando de forma muy importantes a los jóvenes afirma que el actual marco normativo dificulta la creación de nuevas empresas por lo que desarrolla dos nuevas figuras jurídicas con el objetivo de facilitar y así promover la creación de nuevas empresas.

Se hace referencia a que el entorno normativo e institucional en el que se desenvuelven las actividades empresariales resulta de esencial importancia para impulsar ganancias de productividad y ahorrar recursos que actualmente se dedican al cumplimiento del marco jurídico y si bien en los últimos años ya se han hecho progresos en facilitar la creación de nuevos negocios, dada la situación actual se hace necesario la implementación de estas nuevas figuras.

Por un lado, el proyecto de “Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización” que se ha presentado al Congreso  para su aprobación regula una nueva figura societaria denominada “El Emprendedor de Responsabilidad Limitada», gracias a la cual las personas físicas podrán evitar que la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales afecte su vivienda habitual bajo determinadas condiciones. El empresario que decida constituirse en emprendedor de responsabilidad limitada, deberá cumplir una serie de obligaciones establecidas en el nuevo marco jurídico. La creación de esta figura va acompañada de las oportunas garantías para los acreedores y para la seguridad jurídica en el tráfico mercantil. En este sentido, la operatividad de la limitación de responsabilidad queda condicionada a la inscripción y a la publicidad a través del Registro mercantil y el Registro de la Propiedad. Podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad la vivienda habitual del deudor siempre que no esté afecta a la actividad empresarial o profesional y que su valor no supere los 300.000 euros, valorada conforme a lo dispuesto en la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Por otro lado,  en el Proyecto se prevé la creación de una nueva figura de sociedad, la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva), sin capital mínimo, cuyo régimen será idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones específicas tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros. Esta figura se inspira en las reformas adoptadas por otros países de nuestro entorno (Alemania, Bélgica) y su objetivo es abaratar el coste inicial de constituir una sociedad. Para garantizar una adecuada protección de terceros, se prevé un régimen especial para este subtipo societario, hasta que la sociedad no alcance voluntariamente el capital social mínimo para la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Estas sociedades estarán sometidas a límites y obligaciones para reforzar sus recursos propios y para impulsar que estas empresas crezcan a través de la autofinanciación. En particular, se endurece el deber de dotación de reserva legal (siempre deberá dotarse por un veinte por ciento del beneficio) y se prohíbe la distribución de dividendos hasta que el patrimonio neto alcance el capital mínimo requerido para las sociedades de responsabilidad limitada. Asimismo, se limita la retribución anual de los socios y administradores, que no podrá exceder del veinte por ciento del beneficio del patrimonio neto. Además, en caso de liquidación, los socios y administradores de las Sociedades Limitadas de Formación Sucesiva responderán solidariamente del desembolso del capital mínimo requerido para las sociedades de obligaciones.

Es evidente que cualquier modificación que incentive la creación de nuevos negocios, que facilite que los jóvenes puedan acceder al mercado laboral o creen su propio negocio es de agradecer en la situación actual, pero como toda nueva regulación falta ver si realmente será efectiva o se quedará en únicamente una buena intención.

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Tags: Apoyo emprendedoresFiscalidadFormulas JurídicasInternacionalizaciónJoan GallesLeySL
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